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Anulación de la comunicación de la contratación

¿Cuándo corresponde solicitar una anulación en Contrat@?

Cuando se hayan enviado comunicaciones a Contrat@ por error. No obstante,las empresas y colegiados profesionales podrán anular contratos, prórrogas, transformaciones, llamamientos y horas complementarias hasta tres días después de la comunicación.

La tarea de anulación y consulta de anulaciones se encuentra en el menú principal de la aplicación y solo podrá realizarla el usuario principal.

¿Cómo ha de ser la solicitud y qué documentación se ha de adjuntar?

La solicitud debe contener en todo caso:

A. DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO

  • Provincia
  • Año
  • Número de registro

B. MOTIVO DE LA ANULACIÓN: se indicará detalladamente la causa, para proceder a su estudio.

Se ha de aportar junto con la solicitud:

  • Los contratos firmados por el empleador y el trabajador a los que se haga referencia en la misma.
  • Sólo en el caso de anulación por no incorporación del trabajador, documentación acreditativa de la anulación del alta en Seguridad Social.

¿A quién dirigir la solicitud?

Al Servicio de Asesoramiento Empresarial de la Oficina de Empleo correspondiente al municipio del centro de trabajo del contrato, pero recuerde que primero deberá pasar por Registro.

RECOMENDACIÓN: Para evitar posibles anulaciones, se aconseja comunicar el contrato una vez se haya incorporado el trabajador a la empresa.

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