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Cambio de Código de Cuenta de Cotización (CCC) en Contrat@

El cambio de Código de Cuenta de Cotización (CCC) de un contrato, no debe comunicarse en Contrat@, salvo en el caso de que se produzca una prórroga o una conversión en indefinido con el nuevo CCC.

  • En el caso de prórroga, la empresa la comunicará por Contrat@ y luego, el propio empleador, por CORRECCIÓN cambiará el CCC en dicha comunicación de prórroga.
  • Para cambio de identificador (CIF/NIF/NIE) a otra empresa, véase el Aviso sobre Subrogación en Contrat@.

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