Las Agencias de Colocación son entidades públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro que, en coordinación y, en su caso, colaboración con los servicios públicos de empleo, realizan actividades de intermediación laboral cuya finalidad es proporcionar a las personas trabajadoras un empleo adecuado a sus características y facilitar a los empleadores las personas trabajadoras más apropiadas a sus requerimientos y necesidades.
A este fin, las Agencias de Colocación valorarán los perfiles, aptitudes, conocimientos y cualificación profesional de las personas trabajadoras que requieran sus servicios para la búsqueda de empleo y los requerimientos y características de los puestos de trabajo ofertados.
Estas Agencias de Colocación podrán desarrollar también actuaciones relacionadas con la búsqueda de empleo, tales como orientación e información profesional, y la selección de personal.
Las Agencias de Colocación, para poder desarrollar su actividad, deben haber sido autorizadas previamente por el Servicio Público de Empleo correspondiente, cuyo número de autorización debe ser visible en todo lugar donde figure su nombre.
Al ser la Intermediación un servicio público, las Agencias garantizan a las personas trabajadoras la gratuidad por la prestación de servicios, tanto de intermediación laboral como de otras actuaciones relacionadas con la búsqueda de empleo.
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